¿Qué es el CEE Certificado de Eficiencia Energética?

El CEE ó Certificado de Eficiencia Energética es, en realidad, un estudio acerca de la eficiencia energética de una vivienda, edificio o local en el que se estudian los consumos energéticos en tres áreas fundamentales: agua caliente sanitaria, calefacción y refrigeración.
 
Este estudio ha de ser llevado a cabo mediante una de las herramientas oficialmente habilitadas para ello, y por un técnico titulado adecuado; la más utilizada para evaluar una vivienda o local ya existente (no en proyecto de ejecutarse) es la llamada CE3X.
 
Una vez realizado el estudio, para lo cual el técnico debe visitar, medir y tomar nota de las características del inmueble y sus instalaciones, se llevará a cabo la introducción de datos en el programa y éste devolverá un informe detallado y le otorgará una calificación plasmada en una letra (de la A a la G) en función de su mayor o menor eficacia respectivamente; así, una vivienda calificada con la letra A, sería de una eficacia máxima, mientras que otra calificada con la letra G tendría los peores valores.
 
La mayoría de las viviendas existentes en España obtienen la calificación E.
 
El CEE debe ser registrado en la Registro habilitado en su Comunidad correspondiente; en el caso de Andalucía este registro no tiene tasas por lo que es gratis. Aunque la Ley prevé que sea el propio propietario el que realice este trámite, en la práctica lo hace siempre el técnico ya que es un proceso muy complicado para una persona ajena y bastante sencillo para un técnico con experiencia sobre todo si el mismo ha elaborado el CEE.
 
Es por eso, que todos los técnicos certificadores ofrecen en sus servicios conjuntamente con la redacción del CEE su registro correspondiente.
 
Una vez realizados todos los trámites, el técnico entregará al cliente tres documentos: el certificado de eficiencia energética, un listado de posibles mejoras a realizar voluntariamente para mejorar la calificación obtenida y el acuse de recibo del registro con la etiqueta energética correspondiente.


[José Miguel Rubio es arquitecto urbanista especialista en certificación energética de edificios. Si quieres saber algo más acerca del CEE puedes hacer tus consultas gratuitas al 625 042 292 ]

¿Pagas mucho de IBI?

Si realizas una tasación inmobiliaria de tu vivienda y el resultado de la valoración es diferente al valor administrativo puedes comenzar una reclamación al catastro para que compruebe el valor real actual. Conocer el valor catastral y que este sea el correcto es importante a la hora de pagar nuestros impuestos, pero sobre todo puede afectar mucho al valor de venta.




pide presupuesto al 625042292

Autoficiencia energética pero sin beneficios fiscales


Recientemente, el gobierno aprobó la Ley de Presupuestos Generales en la que se incluyó la posibilidad para que los Ayuntamientos aplicaran importantes beneficios fiscales para aquellas viviendas que poseyeran el Certificado de Eficiencia Energética y que hubieran obtenido una clasificación al menos de tipo E.

Las mayores bonificaciones las conseguirían, lógicamente, las viviendas de mejor clasificación, tipo A, que reducirían sus impuestos en un 20%; las seguirían las tipo B, con un 16%, las tipo C, con un 12%, las de tipo D, con un 8% y, finalmente, las de tipo E, que bonificarían un 4%.

Quedarían fuera de las bonificaciones las de peor clasificación, o sea, las de tipo F y G.
Parecía una buena oportunidad para obtener este Certificado, que además es obligatorio a la hora de alquilar o vender la vivienda o local, y aprovecharse tanto de los bajos precios que se pueden conseguir hoy en día, como de las bonificaciones que pudieran hacer amortizar el gasto en uno o dos años.

La potestad en esta materia la tenían las Administraciones Locales que en sus Ordenanzas Fiscales deberían incluir las disposiciones correspondientes para proceder al respecto. Pues bien, salvo error u omisión de este técnico, ningún municipio de la provincia ha aplicado estas bonificaciones en sus ordenanzas; tan solo Cádiz tuvo intención de hacerlo y, de hecho, la prensa llegó a anunciar que se habían aprobado, pero lo cierto es que tras la publicación de las Ordenanzas en el BOP han “desaparecido“ como por arte de la peor magia.

La ecología y la sostenibilidad está muy bien de boquilla pero jugarse los cuartos con esto tal y como están los patios es mucho hablar. Por eso da mucha rabia escuchar a dirigentes políticos hablar ahora en los medios de “autosuficiencia energética” de las ciudades cuando han sido incapaces si quiera de fomentar la eficiencia de las viviendas cuando tan fácil lo tenían.



Certificado de Eficiencia Energética

 

Lenta, pero paulatinamente, van desarrollándose los pasos de este proceso de calificación energética del parque de viviendas y locales en España. El número de Certificaciones registradas crece a medida que las distintas instituciones y administraciones van empujando con nuevas medidas legislativas que lo impulsan aunque éstas sean, como casi siempre, de carácter coercitivo en modo de sanciones para los no cumplidores.

La última en sumarse al carro ha sido la Comunidad Valenciana que en su último Decreto aprobado en el que se ha dado un paso más para establecer las responsabilidades de los distintos actores intervinientes.

La novedad más importante reside en la inclusión en el proceso de los Registros de la Propiedad sobre los que ahora recaerá la importante misión de denunciar todas aquellas irregularidades que se detecten a la hora de inscribir una propiedad incluida, por supuesto, la no existencia del Certificado de Eficiencia Energética; a estos efectos, los notarios deberán anotar en las correspondientes escrituras la existencia o no del certificado previa advertencia a los propietarios de su obligación.

Otro de los aspectos más novedosos es la obligación de incluir siempre la etiqueta de eficiencia energética en todos los soportes publicitarios, vallas de obra, escaparates, portales inmobiliarios, folletos y anuncios de prensa, así como en cualquier soporte de publicidad o promoción de la venta o arrendamiento de un edificio o parte de él.

También establece los planes de control que se llevarán a cabo por parte del órgano competente y las condiciones que provocarán la caducidad del certificado cuando se modifiquen las características del edificio debido a obras de reforma tales como cambios en la envolvente (fachada, suelos, cubierta, etc.), nuevas instalaciones térmicas o de iluminación en el caso de locales, cambios de uso o actividad, etc.

Todo ello bajo la amenaza de ser fuertemente sancionado dadas las importantes multas que la Ley ha establecido para los que, a pesar del precio de saldo que mantienen los profesionales para la realización de este tipo de certificados, persistan en mantenerse fuera de la legalidad.u obligación.

Otro de los aspectos más novedosos es la obligación de incluir siempre la etiqueta de eficiencia energética en todos los soportes publicitarios, vallas de obra, escaparates, portales inmobiliarios, folletos y anuncios de prensa, así como en cualquier soporte de publicidad o promoción de la venta o arrendamiento de un edificio o parte de él.

También establece los planes de control que se llevarán a cabo por parte del órgano competente y las condiciones que provocarán la caducidad del certificado cuando se modifiquen las características del edificio debido a obras de reforma tales como cambios en la envolvente (fachada, suelos, cubierta, etc.), nuevas instalaciones térmicas o de iluminación en el caso de locales, cambios de uso o actividad, etc.

Todo ello bajo la amenaza de ser fuertemente sancionado dadas las importantes multas que la Ley ha establecido para los que, a pesar del precio de saldo que mantienen los profesionales para la realización de este tipo de certificados, persistan en mantenerse fuera de la legalidad.



La inexistencia del CEE, motivo de nulidad de contrato


Todos sabemos que uno de los problemas al que se enfrenta el dueño de un inmueble a la hora de alquilar es el de los morosos, tanto si se trata de una vivienda como si de lo que hablamos es de un local en el que se pretende instalar un negocio; muchos son los casos de impagos y no pocos los que acuden a cualquier argucia con tal de librarse de abonar el alquiler.
El Certificado de Eficiencia Energética, obligado en estos casos, se puede convertir en un útil motivo para que el inquilino astuto se libre de sus obligaciones o, al menos, incline la balanza a su favor a la hora de negociar con el casero que no ha tenido la precaución de contratarlo en su momento.
Así, la no existencia del CEE supone una infracción directamente contra los derechos del que alquila y que podría solicitar la anulación del contrato al menoscabar las condiciones en las que éste se firmó, estando en su derecho el inquilino a reclamar incluso una reducción del precio pactado por desconocimiento de las características energéticas del inmueble y, por tanto, del gasto que los suministros correspondientes le podían suponer.
Dado, además, que la mayoría de las viviendas y locales no alcanzan una calificación energética aceptable (difícilmente encontraremos algún caso por encima de la categoría C) el desconocimiento de este dato supone una grave lesión de los intereses del consumidor, en este caso el inquilino, que se compromete a ciegas sin ser informado del gasto energético que su uso conlleva.
 

 

Sanciones en Navarra




Han transcurrido nueve meses desde la entrada en vigor del RD Real Decreto 235/2013 sobre la certificación energética y la gran mayoría de los anuncios que se publicita en las inmobiliarias, no llevan la clasificación energética de la propiedad.

Es Navarra la primera comunidad que ha empezado con la distribución de multas a las agencias inmobiliarias. El importe a pagar es bastante significativo entre 300 € y 6000 € cuando la tarifa media para obtener un certificado energético es de 150 €

Es el caso de “Jesús Eslava, de la inmobiliaria Marina Inmuebles o como la agencia FLM que ambos reconocen que muchos propietarios no están por la labor de gastarse 120-160€ aunque las inmobiliarias ofrezcan los servicios de certificadores para facilitar los trámites y que el coste sea el mínimo.

"Hemos mandado circulares a los propietarios para que hagan los certificados y estamos dando de baja a aquellos que no los tienen. Lo que no es justo es que se cargue contra las inmobiliarias porque son las más expuestas", reitera Eslava. Por su parte, Esteban Calahorra, de Alfa 10, insiste en que no hay razón para sancionar a las inmobiliarias, "pedimos a Industria una moratoria para que se puedan adaptar a la ley".
 
Datos recopilados del articulo de las noticiasdenavarra.com 

http://www.portalcertificadoenergetico.com/es/noticias-certificacion-energetica/8/titulo/abren-inspecciones-en-navarra-para-ofertar-propiedades-sin-etiqueta-energetica